Cita:
Originalmente publicado por scampolo
Una vez realizada la consulta a la aseguradora, solicité ampliación a lo que me contestaron que " nanai " de la china.
En este supuesto si llevo el "carnet de conducir" adecuado y en Funchal estaría dentro del mar territorial portugués...
...es posible lo que comenta Danilo: Que no fuera ni el mejor día, ni el empleado más espabilado 
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Eso es lo más probable que no diera con la persona adecuada, imagino que sería por teléfono.
Y EN TODO CASO, OS ACONSEJO A TODOS QUE CON LAS COMPAÑÍAS LAS CONSULTAS DE ESTE TIPO SE HAGAN POR EMAIL, PARA QUE CONSTE, PARA QUE QUEDE POR ESCRITO, para que luego no pasen cosas raras y no sepamos ni quién nos lo ha dicho. Que quede escrito TANTO LA PERSONA QUE OS ATIENDA COMO EL DEPARTAMENTO AL QUE LE HA LLEGADO LA CONSULTA.
Los condicionados de casi todas las Compañías dicen lo mismo en el ámbito de navegación. Lo dice muy muy claro: Cubren aguas de la Unión Europea, sus islas también. Madeira.... TAMBIÉN.
Copio y pego lo que dice por escrito la "mayoría" de los condicionados de las Compañías aseguradoras :
ÁMBITO DE NAVEGACIÓN
La cobertura otorgada por la póliza, surtirá efecto dentro de los mares territoriales y las aguas interiores de
España y de los demás paises miembros de la Unión Europea, fuera de estos, en una franja de 200
millas naúticas desde el litoral español y/o portugués, así como en el Mar Mediterráneo, incluyendo la
travesía entre la Península Ibérica y las Islas Canarias.
Se encuentra incluida también la navegación por lagos, embalses, pantanos y rios de la Península
Ibérica, siempre que los mismos tengan la consideración de navegables según criterio de la Autoridad
competente.
En cualquier caso, esta navegación será autorizada siempre y cuando no contravenga a la que tuviese
asignada oficialmente la embarcación asegurada según sus características y conforme a las atribuciones
del título de navegación que posea la persona que gobierna en la embarcación.
El imcuplimiento de los límites del ámbito de navegación tal y como se ha definido anteriormente, invalidará
automáticamente la cobertura, a no ser que dicha alteración haya sido comunicada y autorizada previamente
por la Compañía.
Saludos!