Cita:
Originalmente publicado por Bertie
Hasta donde yo sé, no existe el concepto de "aguas territoriales de una comunidad autónoma", por lo que la pregunta carece de sentido. Otra cosa es que la vigilancia se lleve a cabo por efectivos basados en una o otra CA, pero la licencia debería de ser válida. Lo mismo que los títulos de recreo también son expedidos por las correspondientes consejerías, pero son válidos en todas las aguas territoriales españolas.
Pero vamos, que igual me equivoco...
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El concepto si existe y se suele referir a el como "Aguas interiores de una comunidad autónoma" (de costa hasta las 12 millas) no confundir con "aguas continentales" (ríos o embalses)
Ese texto esta extraído de la pagina del ministerio,
http://www.mapama.gob.es/es/pesca/te...as-frecuentes/
