Cita:
Originalmente publicado por RMR2ENG
[*]IPT - Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (su valor depende de la comunidad autónoma donde el comprador tenga su residencia fiscal), se paga cuando se compra una embarcación de segunda mano (en este caso ya no se paga el IVA porque ya lo ha pagado el primer proprietário). Aunque compres tu embarcación en otro país y que tenga otro pabellón, si tienes residencia fiscal en España y si vas a tenerla y a navegar en España, tendrás de pagarlo igualmente. El valor base de este impuesto viene estipulado en unas tablas de hacienda.

|
SE paga en la comunidad donde se compra la embarcacion,no??
Yo traje el barco de Santander y el impuesto lo abone al gobierno de cantabria..el 4% en mi caso
