Como te comento, los agentes no querían ver otro papel que uno de los dos modelos (pago o exención) y así me lo comunicaron, que debía llevar uno u otro.
Otra cosa es que, según lo que dices, la presentación del registro español sea suficiente para demostrar que está pagado.
No obstante, si esto último es así, no creo que tuviese problemas para presentar y obtener en hacienda el modelo 06 de exención.
Estoy en la linea o me estoy haciendo un lío?
