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Antiguo 20-04-2017, 12:46
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Respuesta: Guardia Civil. Solicitud Impuesto Cambio Bandera.

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Originalmente publicado por PinPan Ver mensaje
Coincido con MISTRAL67. Cuando me aceptan la baja del pabellón Español quiere decir, entre otras cosas, que están todos los impuestos al corriente. No sé porque ahora no lo está.
Creo que este impuesto está, entre otras cosas, para evitar que compres un barco fuera de España y/o Unión Europea y lo traigas aquí y lo tengas como temporal (máximo 6 meses) y en realidad lo tengas aquí siempre. En ese caso veo correcto que recauden el IVA si es extra comunitario y este impuesto especial, pero para un barco que ha sido Español toda su vida y cambia a otra bandera comunitaria no entiendo que aplique.

Lo que al final no me queda claro es cómo tengo que solucionarlo:

a) Enseñando la documentación del antiguo pabellón español que me mandó capitanía al darlo de baja (en este caso insisto que los agentes no lo hubieran aceptado).

b) Solicitando la exención o no sujeción mediante el modelo 06. En este caso, he descargado el modelo y las instrucciones del mismo. Se debe declarar la condición de exento o de no sujeto e indicar la clave en que se fundamenta. En las instrucciones no hay ninguna clave que fundamente la situación que estamos contemplando, por lo que no sé cómo se presentaría esto.

Vaya p. lío.

¡¡¡ Como me quieran hacer pagar esto, arrío la holandesa e hizo la pirata, me instalo un cañón en popa, me pongo un parche en el ojo y a verlos venir !!!
Estás algo liado. Tu no estas exento o no sujeto por ser ahora de bandera extranjera. Tu tienes el impuesto pagado y así lo acreditará la copia que tienes del registro marítimo español. Lo que los agentes quieren ver es el documento que tendrá quien compró el barco por primera vez.

Una pregunta, ¿donde debes de presentar el documento?. Me imagino que en la Agencia Tributaria. En ese caso, quiero verle un poco de sentido a todo esto, pero quien debería hacer esa labor sería la patrullera de la AT, no la GC. En cualquier caso, a ojos de la AT, somos un barco extranjero en aguas españolas y con armador español, y ellos no tienen constancia de que ese barco fuese español, lo tiene Capitanía. Y por supuesto, puede ser que les lleves la copia del Registro y no sepan ni lo que es.

Yo creo que cuando vayas a la AT entenderán el problema y habrá solución. Pero ahora lo miro desde el prisma de la AT y lo comprendo 'un poco' mejor. Solo hay que demostrarles que el barco era español.
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