No me he confundido....símplemente tenemos opiniones diferentes
Yo opino que una lancha que remolca una banana o una moto de agua de alquiler en un circuito están perfectamente en lista 5ª mientras no salgan de aguas interiores. En el caso de que se vayan a emplear en aguas no interiores pues estarían mejor en lista 6ª . Lo de servicios oficiales no lo pone en ninguna parte.
De hecho y para que lo veas más claro en lista 5ª hay desde remolcadores o embarcaciones de limpieza a embarcaciones de transporte de pasajeros tipo golondrina , cuyo único factor denominador común es su empleo en aguas protegidas.
