Cita:
Originalmente publicado por Capita Drake
Te equivocas.
Que semejante normativa sería ilegal ya te lo digo yo. Y con argumentos específicos: infracción de la Convemar y del artículo 10.2 del Código civil. Pero, al contrario de lo que crees, eso no detendría a la DGMM de promover esta normativa. Como tampoco la detuvo de meter la disposición adicional quinta en el Real Decreto de titulaciones, que es igual de ilegal que lo que sería esta nueva norma.
La DGMM, por motivos de nacionalismo y de no perder cuota de poder, le tiene ganas al tema. Y, encima, los gangsters del lobby de la seguridad náutica son poderosos y las presiones son intensas.
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Capitán Drake no has podido estar más acertado!!! Y alguna cacicada mas que hay por ahí. ...( exigencia de residencia en extranjero para obtención de títulos, cuando el país de turno te lo emite......)