Cita:
Originalmente publicado por navegante 2007
Cofrade, o GC o lo que seas relacionado con este mundillo de intereses creados, el código civil aunque sea muy antiguo es de superior rango que los "artículos que pones "
Qué la impugnación de la DA 5 ha fracasado???? Jajajajajajaj no quieras confundir, pues las resuelven los mismos que la han creado la DGMM. La administración, nada que ver cuando se denuncie su ilegalidad ante los tribunales
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GC dice jajajajajaj, estás muy equivocado
El código civil es un real decreto y "lo que pongo" son leyes vigentes del ordenamiento jurídico y que en caso de concurso de normas con otras leyes son de aplicación preferente al ser específicas. Y para ello me remito curiosamente al código civil:
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artículo 1 del Código Civil que declara, significativamente, que "carecen de validez las disposiciones que contradigan otras de rango superior".
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El principio de jerarquía normativa se completa y complementa, por un lado, con el principio de temporalidad pues la Ley posterior deroga a la anterior y por otro lado con el principio de especialidad, en cuanto la Ley especial prevalece sobre la Ley general.
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La ley de puertos y la ley de navegación marítima se aplicarían preferentemente al código civil aunque éste fuese una ley (es un real decreto)
