Cita:
Originalmente publicado por AVERY
Como siempre interpretable...
Dice en el punto 3 que el nombre "podrá" pintarse o fijarse... En el punto anterior dice que el nombre "irá" pintado o fijado...
En el punto dos marca la obligación de que ese pintado o fijado sea permanente en color que destaque... y el punto dos ofrece la opción de "dónde" se pintará o fijará ese nombre, amarras, aletas o popa...
Bajo mi punto de vista, se fija primero la obligación y luego la opción del dónde, pero, eso no quiere decir que lo puedas poner o no según tu criterio. A tenor del literal del Reglamento el nombre se obligatorio... 
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Para nada, lee bien el principio, ""obligatorio para más de 12m y potestativo para el resto (menores de 12m)
vamos claro como el agua despues de pasar el MARPOL
