Cita:
Originalmente publicado por namornik
Espero que no tenga que pasar nunca, pero es una buena regla de seguridad, y tenéis unos estatutos razonables para darle la compensación que le correspondería.
Pregunta técnica: ¿cómo se puede hacer eso en la práctica?
Entiendo que el barco lo compraron todos los socios, legalmente no sé cómo unos socios pueden 'expropriar' a otro ¿o es que el barco pertenece a la sociedad?
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En los papeles del barco figuramos todos los socios con el porcentaje de propiedad de cada uno. Ahora que lo pienso no sé que pasaría si al socio que se le quiere echar se niega a firmar la compra venta. Tampoco sé si es necesario que firme la compra venta si en los estatutos que ha aceptado se estipula la opción de expulsión.
Es más, ahora que las cosas van muy bien, voy a hablarlo con los socios y un abogado y proponer añadir una cláusula que estipule que para echar a un socio no sea necesario que firme la compra venta sino que será suficiente con avisar fehacientemente y transferir el dinero. Tal vez lo que haya que hacer es que todos damos poderes al resto para realizar la venta de nuestra propia acción.
Otra de las cosas buenas de esta taberna es que se aprende mucho y con ellos podemos mejorar los estatutos.
Muchas gracias!!