Cita:
Originalmente publicado por otoio
Así será, pero si no te haces gallego...
El impuesto se debe pagar allí donde resida habitualmente el comprador, en su comunidad autónoma.
Eso es la norma, luego si uno lee todo lo que se ha dicho en esta taberna sin ir más lejos, pues ya tal...
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Se paga en donde esté registrada la embarcación.