Cita:
Originalmente publicado por Zephyr
Correcto todo lo que dice El Temido II, yo acabo de comprar un barco en las mismas condiciones y lo único que en Madrid, Hacienda no lo tiene demasiado claro, ni la Consejería de la Comunidad, ni La Agencia Tributaria. Yo lo hice en la Delegación de Torrejón de Ardoz y me tocó ir 3 veces ya que era el primer barco por el que se tributaba.
Ojo con las valoraciones que ahora Hacienda está revisando todas estas operaciones.
Ahora estoy esperando a la Administración Belga a que me mande la documentación como que ya está abanderado allí.
Slds y  
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Al final que tuviste que pagar?. Por lo que he leído si es una compraventa entre particulares comunitarios solo pagas el ITP (Art. 13.1 Ley 37/92 y Arts. 6 y 7.5 del RD 1/93).

