Esa embarcación probablemente estará registrada con pabellón inglés en el SSR (Part III). No puedes mantenerla ahí, salvo que seas residente en UK. Podrías hacerlo en Part I pero no creo que te salga a cuenta.
Si piensas ponerlo con bandera española, ¿tiene marcado CE? ¿tiene más o menos de 25 años? ¿es un modelo frecuente aquí?. Si tienes que pasar por homologación a la unidad, probablemente te saldría caro....
Otra opción, bandera holandesa o belga. Asegurate en cualquier caso que el vendedor te da la baja en el SSR.
Tema fiscal: sea cual sea la bandera que le pongas, tienes que pagar ITP en tu comunidad autónoma de residencia, y el IEDMT en la hacienda estatal (o pedir exención si la eslora es inferior a 8 mts).
Suerte
