Lo primero una buena ronda a los cofrades:
Sin ánimo ninguno de crear polémica, pero considero que debemos fijarnos en lo que dice exactamente la normativa, en este caso la Orden de Fomento 1114/2003 (equipos de seguridad y zonas de navegación) y el RD 875/2014 (titulaciones):
En unos casos (PY y PER; y Zonas 2,3, y 4) se usa la expresión
zona comprendida entre la costa y una linea paralela trazada a una distancia de X millas náuticas.
Con esa redacción resulta evidente que mientras me encuentre a una distancia de linea de costa incluida en la zona de navegación no infringiría la norma.
Sin embargo al tratar sobre la zona 5 y el título de PNB, no habla de zona comprendida entre un puerto, playa, marina o abrigo y una línea paralela trazada a una distancia de 5 millas náutica, sino que incluye la expresión "
no alejarse más de 5 millas náuticas de un puerto ....."
Parece obvio que si se hubiera querido tratar ambas situaciones de la misma manera la redacción podría haber sido la misma. En sentido contrario si la redacción no es similar es que se pretende otra regulación. Y por lo tanto una interpretación literal de la norma impone que si tengo una embarcación despachada para zona 5 o sólo dispongo del PNB, no puedo navegar a un abrigo o puerto que esté a 5,1 millas náuticas del que he zarpado y por lo tanto del que me estoy alejando.
Pero por suerte la ley permite la interpretación en base a unos criterios que ella misma dispone, así que no sería de extrañar que hubiera disparidad de criterios entre las Capitanías, no es mala idea la sugerida por algún cofrade de consultar a la DGMM
Saludos y buena mar

