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Antiguo 05-07-2017, 12:42
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Fuerza 7 Fuerza 7 esta desconectado
Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Bandera extranjera en puerto

Vaya, una trifulca, jejeje volando las sillas al mejor estilo tabernario...
Pues yo también aporto mi granito de arena...
La normativa que se aplica en España, no es otra cosa que una armonización de los tradados internacionales, principalmente del convemar en sus dos versiones la de Ginebra, y posteriormente la de Montego Bay que en todo caso no varió sustancialmente.

La realidad, y en este caso tengo que decir que white con sus corta y pega tiene razon, es que en España nos estamos aprovechando de una laxa actuación de las fuerzas del orden en el tema del arbolado del pabellon nacional en los Buques y Embarcaciones nacionales e internacionales, las multas son no muy cuantiosas y la legislación solo se aplica cuando a la benemérita se le antoja, haciendo la vista gorda en el 95% de los casos.

El pabellon nacional debe estar enarbolado SIEMPRE en el Buque o Embarcación, en otros paises donde el pabellon nacional es realmente respetado el tener un barco en un puerto suyo sin el pabellon puede conllevar sanciones sustanciosas...

En España, los buques y Embarcaciones extranjeras, deben si o si llevar enarbolado el pabellon de su nacionalidad y la española de cortesía, otra cosa es que la benemérita no quiera sancionar, o no les apetezca hacerlo, o haya una laxitud o flexibilidad y no quieren cebarse...pero ojo al dato, que poder pueden, esto es asi.

Dicho esto yo soy otro de los que tengo el pabellon de mi barco belga, enarbolado y enrollado en el back con un cabito para protegerlo, porque aqui con el sol y el alisio se estropea en dos dias, si lo dejo ondeando, ahora que no ondee no quiere decir que no lo lleve enarbolado, enarbolado si que esta si una autoridad me requiere solo le suelto los cabitos y a ondear al viento, si me multaran no podria ser por no llevarlo enarbolado, y por no ondear al viento no me pueden multar porque el texto de la ley aplicable no indica que deba ondear sino que debe estar enarbolado es decir colocado en el lugar preceptivo y a la vista...la que si llevo enarbolada y ondeando es la enseña nacional de cortesia toda rota ya la pobre en el cabo de pabellones bajo la cruceta de Er, como barco extranjero es obligatorio tenerla enarbolada...

Por cierto, cuando hablo de tenerla enarbolada en embarcaciones de recreo es cuando hay gente dentro del barco, cuando un velero esta en una marina cualquiera pero no hay ninguna persona dentro, o esta hibernando etc no es obligatorio tener el pabellon enarbolado, cuando es obligatorio es si estas en el barco claro, bueno esto se da por supuesto, y la discusion del término SURTO, decir que como siempre el tecnico que introdujo el termino fue de guay del paraguay pero realmente se refiere en general a cualquier buque o embarcacion atracada o fondeada en puerto, se aplica en un sentido extensivo. Por cierto la obligacion de enarbolar el pabellon seria entre el orto y el ocaso...

Os dejo un artículo muy didactico para el que le apetezca ahondar en el asunto creo que ya se aporto en otro hilo similar a este:

http://marabierto.eu/sites/default/f...allardetes.pdf
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Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes...

Editado por Fuerza 7 en 05-07-2017 a las 15:59. Razón: Aclaraciones
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xplanero (05-07-2017)