Como dice Xplanero, una embarcacion no tiene consideracion de edificacion a efectos de la ley, y no es susceptible (aunque ha habido una excepcion con unos transmundistas ingleses que tienen su barco en Galicia, concretamente en Vilagarcia si mal no recuerdo, que se han quedado a vivir en Galicia en su barco y el Concello les ha permitido empadronarse en él), pero en principio no se permite el empadronamiento en una embarcación de manera general...por lo que si vendes la vivienda tendras que hacer frente a dicho impuesto para comprarle un coche oficial a algun político
