Cita:
Originalmente publicado por xplanero
Sin tenerlo comprobado, creo que NO te puedes empadronar en un barco, en consecuencia no podras justificar que es tu vivienda 
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Si justificas un contrato de alquiler de amarre y por tanto direccion inmobiliaria concreta, es decir la del club nautico o puerto deportivo en cuestion, a la que se le añade el prefijo a modo de la puerta o escalera, ...........amarre tropicientos tal , pantanal X, es perfectamente valido, siempre que lleves ese contrato al municipio en donde esta el puerto y te inscribas como residente....
Resumiendo, el empadronamiento es la base de todo, y para ello necesitas un titulo de propiedad o de alquiler ..........(amarre)
Saludos

