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Antiguo 25-08-2017, 19:21
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Predeterminado Re: Navegar mientras se tramita el cambio de propiedad

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Originalmente publicado por simbirsk Ver mensaje


Tengo un cabreo que reviento, os cuento lo que me ha pasado.

Acabo de comprar una embarcación a un particular.

El lunes me pego la maratón de ventanillas para arreglar todos los papeleos de la transferencia de propiedad.

En Capitanía un chico muy amable me indica que los documentos a mi nombre me llegarán en "unos días" y que no debo navegar antes de recibirlos.

Tengo que gestionar la transferencia de la Licencia de Estación del Barco (LEB). La señora de inspección de buques, también muy simpática me dice que llame transcurrido mes y medio para ver el cambio está tramitado . Le pregunto: "¿Pero no puedo utilizar la radio hasta tener los documentos?", a lo que responde: "Si que puedes, con el justificante de pago de la tasa y la LEB anterior. Pero cuidado, para la transferencia de la embarcación sí que tienes que esperar a recibir los documentos a tu nombre."

Hoy es viernes, como no he recibido noticias del cambio de titularidad llamo a Capitanía y pregunto si puedo consultar el estado del trámite o saber cual es el plazo habitual. De 15 a 20 días me dicen . Me quedo a cuadros, claro, 15 días más con el barco criando mejillones. Así que le pregunto: "¿Pero no hay manera de que pueda usar el barco mientras tanto?" y me dice: "Si el certificado de navegabilidad está en vigor claro que puedes navegar."



No solo está en vigor porque se trata de una embarcación de menos de 6m (en el certificado dice claramente que no caduca), sino que además fue emitido el año pasado. Es imposible que se le pasase a cualquiera de los que me atendió anteriormente.

Toda la semana mordiéndome las uñas para nada... ¿A quién le hago caso? ¿A los dos primeros o a la última? Esta misma tarde me echo al mar y que me lo aclare la Guardia Civil si me los encuentro.

¿A vosotros que os parece? ¿Se puede o no se puede navegar mientras se tramita el cambio? Me fío bastante más de lo que se cuchichea en esta taberna que de lo que me cuente cualquier funcionario.

Una ronda de algo bien fuerte para templar los nervios...
buenas tardes una

1º si el barco es menor de 6 metros y está exento de pasar I T B el certificado de "navegabilidad" no puede tener fecha del año pasado ni lo expidieron el año pasado, porque es un barco de 2ª mano que se supone tendra sus años,
te estarás refiriendo al "permiso de navegacion" que es otracosa
2º puedes navegar tranquilamente si llevas uncertificado, o copia sellada y firmada de la solicitud de "cambio de propiedad" eso lo tenias que haber pedido en la capitania cuando fuistes el primer dia a solicitar el cambio.
si mañana sabado o el domingo sales a navegar y no llevas un justificante que acredite que tienes la documentacion en tramite, dependiendo del talante del agente que te pare, te puede abrir expediente o no, eso depende de el
cuando se hace una solicitud de ese tipo con una copia de la capitania vale para 3 meses, está escrito en el RD 875/14

suerte y saludos
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