Re: Navegar mientras se tramita el cambio de propiedad
Si la embarcación tiene toda la documentación en regla (y no caducada) el vendedor te puede hacer una Autorización de uso de la embarcación limitada en el tiempo de la tramitación del cambio de nombre. Así se debe especificar.
Imagínate que tu padre tiene una embarcación y tu tienes los títulos que te habilitan a llevarla. Tu padre te la puede dejar para que la disfrutes.
La GC no sabe que el propietario es tu padre (o tu suegro) y por tanto podría denunciarte. Una cosa tan simple como una autorización con fotocopia de los dos carnets EN LA MISMA AUTORIZACIÓN es suficiente.
Puedes aplicar lo mismo a los vehículos. Si llevas un coche que está a nombre de tu mujer, lo mejor es llevar una autorización, cosa que casi nadie hace. (¿o tu no le dejas tu coche a tu mujer, hijos o amigos??).
|