Re: Navegar mientras se tramita el cambio de propiedad
No creo que haya ninguna ley que diga expresamente si puedes navegar o no.
El caso es que yo navegaria sin ningunda duda. El barco tiene ITB en vigor(bueno esta exento), seguro, etc etc, y tu debes de tener un documento de compra-venta y las tasas pagadas para desmostrar que no tienes la documentación por lentitud de la administración, pero el barco a falta de emitir los papeles a tu nombre tiene todo en vigor.
Eso si como normalmente se quedan los papeles, lo suyo ademas del contrato compra-venta y el justificante de pago de las tasas es que le hagas una fotocopia a los papeles antiguos para poder demostrar "insitu" si te paran que cumple todos los requesitos para poder navegar, ya que en caso de tener a alguien mas quisquilloso de lo habitual podrias que tener que presentar los papeles cuando los recibieses.
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"El pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista trima las velas"
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