Cita:
Originalmente publicado por North Side
En caso de no aparecer en las tablas, será el valor que refleje el contrato de compraventa. En tu caso el ITP es el 1% de ese valor. El impuesto de matriculación, salvo que vayas a registrarlo (matricularlo) en España, no tienes que pagarlo.
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estas seguro que no hay que pagarlo??????? porque me jode tener que pagar el 12 por ciento,aún no sé a cuento de que......
el cofrade de abajo dice que si,las leyes dicen que si,pero no entiendo porque hay que pagar algo que no vá haber matricula,solo nombre
