Cita:
Originalmente publicado por Buscando a Nemo
Vamos a ver que no me aclaro 
Aunque tengas un barco autorizado para zona 3=25 millas, la distancia mínima a Ibiza desde el continente son 60 millas (en medio 30) y no puedes llegar legalmente a Ibiza. Lo que yo no sabía es que un barco de antes del 2000 de categoría C vale para zona 3  Es que yo me estudié toda la normativa para el PPER y nunca encontré eso. A ver si puedes pasar copia de esa hoja, porque me parece muy interesante.
En cualquier caso, a ti te solucionó la vida el cambio de bandera, no la antigüedad ni la zona de navegación de tu barco.
Salud 
Nemo
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Hola, compañero.
En realidad, desde el cabo de S. Antonio a cualquier punto de la costa oeste de Ibiza (c. Horts, c. Badella, Conejera...), hay unas 49 millas, de modo que se puede cruzar legalmente.
Pero es que, además, saliendo desde, p. ej., Valencia con rumbo a un punto situado en 39°N/0° 40' E (aprox.), puedes poner luego rumbo a cualquier punto de Ibiza o Formentera sin haberte separado de la costa más de 25 millas en ningún momento.
La derrota pasando por ese waypoint, en el caso Valencia-Conejera, se alarga solo 2-3 millas respecto al rumbo directo.
A cala Saona, por ejemplo, puedes ir desde Valencia a rumbo directo legalmente.
Sin embargo a San Antonio, que está más cerca, no.
Paradojas...

