Cita:
Originalmente publicado por r2d2
Según comentais (y si no entendí mal) esto no es así, ya que si es según certificado de navegabilidad, al tener categoría de diseño C y legalizada la vhf podría navegar sin problemas en zona 4 y no sería necesaría la ITB ¿no?
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Vaya follón...
Si estás empeñado en mantener el pabellón Español yo en tu caso iria por partes:
1 - Cambiar nombre del proprietario. Al hacer esto están obligados a expedir un nuevo Permisio de Navegación que incluye los datos del nuevo proprietario. Cómo tu barco tiene categoria C, espera a recibirlo y comprueba si ya menciona C / 4 en el campo Categoria Diseño / Zona Navegación. Si no es así no te preocupes demasiado.
2 - Cambiar nombre de la embarcación. Tendrán de volver a emitir nuevo Permiso de Navegación con el nuevo nombre de la embarcación. Si aún así no menciona C / 4 en el campo Categoria Diseño / Zona Navegación, no te preocupes demasiado.
3 - Pide 2ª vía del Certificado de Navegabilidad por extravio. Los que emiten ahora tienen un nuevo formato que indica la categoría de diseño y el nr de tripulantes max admitido de acuerdo con la información del Certificado de Conformidad CE de tu embarcación, que en tu caso será categoria de diseño C y el nr. de tripulantes max lo desconozco. El Certificado de Navigabilidad incluye tambien una tabla indica que para la Categoria de diseño C la zona de navegación maxima es la 4 y menciona que "
El patrón será el responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación, prevención de vertidos por aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones según la legislación vigente." Con esto y si cumples con estas condiciones ya podrás navegar en Zona 4.
4 - Finalmente instalas el VHF, presentas la factura con el nr. de homologación y en anexo IX, y solicitas la licencia de estación y el MMSI.
LA ITB no debería aparecer por ningún lado. Aparte, como tu barco tiene una eslora inferior a 6 m, jamás te deberian solicitar una ITB.