Cita:
Originalmente publicado por navegalex
Me explico, si compro un barco del año 1980 y lo pongo en lista 6ª puedo navegarlo con mi familia o solo con fines comerciales? Tenía entendido que para poder hacerlo había que pagar el iva o algo así, pero este barco se compró hace un porrón de años y siempre fué lista 7ª, por lo tanto el iva tiene que estar pagado. Hay alguna otra cláusula?
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Si ha sido 7ª antes que 6ª puedes navegarlo sin problemas porque tiene el IEDMT pagado y la venta no está en principio sujeta a IVA sino a ITP.
Y si ha sido 6ª durante más de 4 años con actividad ininterrumpida, también puedes hacer uso particular.



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