Buenas,
yo iría con la solicitud, tasas y demás sarandajas y además con la copia del
Decreto 41/2013, de 22 de marzo, del Consell, por el que se establecen las normas sobre la pesca marítima de recreo de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6991, de 26/03/2013), miralo aquí:
http://www.gva.es/es/inicio/procedim...d_proc=647#p_8
En el art 7 dice:
3. Las embarcaciones extranjeras deberán cumplir los requisitos de
registro exigidos en su país de origen y solicitar la pertinente licencia
de pesca marítima de recreo.
Por tanto, si se niega, solicitud por registro de entrada, y que te respondan por escrito
Otra alternativa es presentarlo por vía telemática, evitas el "no" verbal que a veces termina en una discusión del tipo "no te enteras inepto, mira la normativa publicada en la página web de la consejeria para la que trabajas"... etc etc.
