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Antiguo 01-11-2017, 11:54
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Modificación Normativa. Alquiler lista 7ª?

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Originalmente publicado por Palo-Palo Ver mensaje
Me ha llamado la atención la noticia.

Las titulaciones de recreo se podrán habilitar (previo curso y pago de tasas) para desempeñar "servicios remunerados".
Entre los servicios que se podrán prestar tenemos:
-Prestar servicios de tripulación en embarcaciones
-transporte de personas/mercancías efectuado mediante embarcación de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo (esto le vendrá bien a ese que va vendiendo mojitos por las calas)
-Gobierno de embarcaciones destinadas a socorrismo en playas.
-Etc...

Y todo esto sin exceder de las 5 millas desde la costa, no más de 6 pasajeros a bordo, y alguna restricción más.

Imagino que con todo esto se pretende "legalizar" mucho chárter encubierto y actividades que ahora mismo quedan fuera de la recaudación por parte de la administración...

Habrá que ver que opinan las pequeñas empresas de chárter o los PPER.

Bueno, a debate el tema.


No, en absoluto, de hecho esto ya se anunció hace un par de años, pero como la DGMM va a paso de DGMM, todavía no es efectiva la norma, y no sabemos cuando entrará en vigor porque ello supone la tramitación de un Real Decreto, y eso no es precisamente rápido.

Lo que se pretende es no tener que matar moscas a cañonazos como hacemos hoy en día y dar solución a la realización de servicios como, por ejemplo, traslado de pasajeros hasta yates fondeados o a una cierta distancia de la costa, marinería de clubes náuticos que llevan una zodiac para id de aquí para allá y ayudan en maniobras y trabajos propios del club desde una embarcación, el caso típico del patrón de barquitas de restaurantes que recogen a los clientes en sus barcos y luego les devuelven a ellos, o el que lleva una paella al barco desde el restaurante, balizadores en regata, en definitiva, esos pequeños trabajos por los que se cobra pero que hoy en día en muchos casos son cubiertos por personas con titulación deportiva...

Por supuesto, tendrá que realizarse con embarcaciones de lista 6ª en el caso de que se cargue pasaje, otra cosa ser él caso de embarcaciones de clubs náuticos, ya sea de sus secciones de marinería o de vela, donde sí hay una duda puesto que la inmensa mayoría están en 7ª...


No se trata de "legalizar" chárter ilegal, sino de cumplir una reclamación del sector náutico vigente desde hace mucho tiempo para poder cubrir determinados puestos de trabajo sin necesidad de recurrir a trabajadores sobrecualificados.

En cuanto a lo de que los PPER podrán patronear tanto barcos de lista 6ª como 7ª, es de perogrullo, quiere decir que un PPER podrá ejercer profesionalmente como patrón de un barco de chárter o de un barco de uso particular, no que pueda hacer chárter con un barco de lista 7ª.

salud!
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jadarvi
RICARDOT (26-11-2017)