Buena noches, cofrade:
Este asunto se ha tratado repetidas veces en esta Taberna:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s....php?p=1878463
http://foro.latabernadelpuerto.com/s....php?p=1976383
La fuente más fiable es la del enlace de este post, que contiene una explicación pormenorizada de la GC:
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...7&postcount=18
En conclusión, más allá de las 12 millas, una embarcación con pabellón belga se rige por la reglamentación de su propia bandera, incluida la titulación requerida para gobernarla (que en el caso de Bélgica es ninguna). Dentro de las 12 millas, al patrón (que no a la embarcación) se le aplica la manoseada DA 5ª.
O lo que es lo mismo, la embarcación tendrá que cumplir la normativa belga dentro y fuera de las 12 millas, y el patrón tendrá que cumplir la normativa española (DA 5ª) dentro de las 12 millas y la belga (no hace falta titulación) fuera de las 12 millas.
Todo esto, por supuesto, dejando aparte legislación especifica sobre determinados delitos que la GC tiene atribuciones para perseguir dentro y fuera de las 12 millas.
Saludos y
