Esto es muy interesante, nunca me había parado a pensarlo así
Cita:
Originalmente publicado por Apagapenol
Buena noches, cofrade:
...la embarcación tendrá que cumplir la normativa belga dentro y fuera de las 12 millas, y el patrón tendrá que cumplir la normativa española (DA 5ª) dentro de las 12 millas y la belga (no hace falta titulación) fuera de las 12 millas.
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Entonces ¿qué mas da las licencias que tengas a partir de 12 millas? Salvo que cometas algún delito grave (drogas, piratería), nunca te va a pedir nadie papeles del barco ni del patrón ¿no?
En este caso, cualquier español con un PER y un barco español habilitado hasta zona 4 puede navegar en cualquier parte del mundo, cuando estés cerca de la costa, cumples la norma PER y zona 4, y cuando estés lejos, nadie lo controla.
¿Me he perdido algo?
Dejo aparte problemas con el seguro, obviamente, pero eso es un contrato privado, si el seguro está contento con cubrirte independientemente de tus papeles, tampoco se va a oponer nadie.