Cita:
Originalmente publicado por JoeTe
Eso no es del todo cierto, a dia de hoy se permite trabajar con el PER en embarcaciones de lista 8, como pueden ser embarcaciones de salvamento.
Es decir, que los que os echais las manos a la cabeza diciendo que es un peligro con respecto a la seguridad que se trabaje con titulos recreativos pero no os veo quejandoos de que a dia de hoy puede haber muchos de los encargados de salvar a las personas que el titulo que tienen para llevar dicha embarcacion es un PER
http://marinos.es/se-puede-trabajar-con-el-per/
|
Tampoco es totalmente cierto lo que dices, para que un PER pueda trabajar con embarcaciones de lista 8º debe estar autorizado por el Capitán Marítimo.