Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Delito administrativo no existe puede ser o infracción a la ley de pesca marítima 3/2001 o incluso puede llegar a ser delito menos grave o leve tipificado en el código penal artículo 335
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me referia a que lo que persiguen son a gente que naverga fuera de zona de titulacion o de despacho del barco, generalmente estos ( la gc) aqui con la pesca no se meten.