Cita:
Originalmente publicado por Suka
Por esa misma regla de tres el perjudicado tb tenia que haber movido el barco.
Si por las previsiones meterologicas se podrian excluir los siniestros no se pagaria ningun acontecimiento relacionado con los fenomenos atmoesfericos y suele ser una de las principales causas de siniestro.
Tb estas dando por hecho que el propietario vio el parte,que estaba cerca del barco para moverlo...
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El perjudicado no garreo ni perdió su amarre, parece ser que se le vino el otro encima.
Mmmmm no estoy muy de acuerdo.
Por las previsiones metereológicas no se pueden los inmuebles, pero un barco.......
Hombre !!! tampoco creo que debas dejar en una boya un barco en estado de "semiabandono", lo mínimo es saber si con los "agarres" que tiene va aguantar un temporal y estar informado del tipo de temporal que se te avecina. Que no pueda ir a asegurarlo no creo que le exima
De todas formas creo que entramos en el campo de lo subjetivo. A unos les parecerá una cosa y a otros otra.
No es por polemizar, cada uno tiene su opinión y yo valoro la tuya, aunque no la comparta del todo.
Un saludote.