Cita:
Originalmente publicado por Osinos
Sin ser yo ningún experto, creo que la cosa no es así. Un particular no creo que pueda deducirse gastos de ese bien alquilado. O sea, que tiene que pagar impuestos de los 110 euros. Puede no gustar, pero es así.
Si yo alquilo una vivienda heredada de mi abuela, cuento cuantos gastos me va a generar (incluidos los impuestos) y y en función de eso pongo el precio del alquiler.
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Hay varias diferencias entre el alquiler de una casa para vivienda habitual, y un amarre, entre otras cosas la vivienda no paga IVA y ademas, despues de descontar todos los
gastos*, tiene una desgrabacion fiscal del 60%.
*Se le puede descontar del importe de los alquileres casi todo, la comunidad, seguros, reparaciones, electrodomesticos, etc.
En un amarre la cosa es totalmente distinta. no son casos comparables.

