Cita:
Originalmente publicado por aloes
¿Y que hace uno con el bicho cuando llegues a puerto?
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Leer lo que dice el cofrade Chukel.
Cita:
Originalmente publicado por chukel
... la cuestión está suficientemente regulada en la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, cuyo Artículo 368 establece:
"Bienes salvados de propiedad desconocida.
.....
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Chukel. A falta de saber si nos multarían, por quitar de la mar un
peligro flotante, se trata de echar números para saber si merece la pena.
Si nos dan "un chivatazo" de que el contenedor "xxxxxxxxxx", de color "y",
lleva un contenido que vale su peso en oro.... ya nos lo pensaremos.
Igual no debería haberos contado tantas cosas, no vaya a ser que me
quitéis la idea.
Un fuerte abrazo a tod@s. Salud y
