Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
En mi caso la Hoja de Asiento dice que es: RECREO A MOTOR. En el Certificado de Navegabilidad no dice nada. En la ITB dice: VELA Y MOTOR.
En el Real Decreto (gracias Danilo por el enlace) habla de si la tasa es aplicable o no en función de la eslora y de si es “propulsión a motor” o “propulsión a vela”. Pero nuestros “veleros” ¿qué tipo de propulsión tienen oficialmente?
Mis conclusiones por el momento son:
Un velero es una embarcación propulsada a vela únicamente.
La mayoría de nuestros “veleros” son realmente motoveleros.
¿Alguien conoce algún documento oficial donde se defina “velero” o “motovelero”?
¿La principal pregunta entonces sería: la reducción en T5 según el R.D. de 2011 aplica también a motoveleros?
Según Danilo: La autoridad Portuaria de Cádiz actualmente no diferencia entre motora o velero. Muy interesante.
