Como dice el cofrade markuay, esto está más que trillado en La Taberna.
Si tienes el PY y patroneas un barco con bandera belga, tus obligaciones con respecto a la Administración española terminan en el límite de las 12 millas. Mira aquí:
https://dialnet.unirioja.es/descarga...lo/2245756.pdf
A partir de las 12 millas rigen las de la Administración belga: no se requiere titulación y las embarcaciones no se clasifican según zonas de navegación, sino según su categoría de diseño.
No obstante, lo mejor es que lo aclares con tu compañía de seguros.
Saludos y
