Ver mensaje
  #3  
Antiguo 16-01-2018, 00:48
Avatar de otoio
otoio otoio esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 10-09-2007
Localización: Cantábrico (Vizcaya)
Edad: 64
Mensajes: 2,563
Agradecimientos que ha otorgado: 1,244
Recibió 776 Agradecimientos en 492 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: registro fueraborda en HACIENDA.

En mi opinión...
Está sujeto al ITP (entiendo que resides en España y/o tienes nacionalidad española).

Ahora bien, como no hay que registrar ese motor en ningún sitio, nadie te va a exigir en primera instancia el pago del impuesto.

Si decides pagar el ITP, te recomendaría que el contrato de compraventa lo firméis en español o en bilingüe (francés y español) o de otra manera te pueden exigir una traducción jurada, que algo costará.

Yo me quedaría tranquilo con el contrato de compraventa y pasar por Hacienda. Y si el francés te facilita al menos una copia del contrato anterior de compraventa o si ha estado registrado en algún documento oficial de Francia, mejor y bastante. Para mí.

Pero cada vez que sale un tema de estos, hay muchas opiniones...

__________________
Sausalito III (Puma 26)
Pumeros: http://clubpuma.ning.com/
ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario"
Asociación de navegantes de recreo
Citar y responder