En ese caso, lo que debería hacer el club es aplicar honorarios de gestión y sobre ellos aplicar el IVA, pero no sobre las tasas, puesto que las tasas tienen un concepto claro:
* La T5 es una tasa que se paga por ocupación de espejo de agua a la Autoridad Portuaria competente.
* La T0 es una tasa con un doble tramo: el 50% sirve para financiar las ayudas a la navegacion, el otro 50% sirve para financiar Salvamento Marítimo.
Yo entiendo que no debería aplicarse el IVA sobre una tasa que no deja de ser un tributo, otra cosa es que se conformasen como precios públicos, que sí están sujetos a IVA.



salud!!!