Llego tarde porque te han contestado todo y bien
Así que pasaré a los ejemplos, que me reitero pero no me canso de ponerlos y ponerlos siempre que sale la ocasión
Soy Armador de velero 10 metros.
(La normativa ha cambiado respecto a atribuciones. ESTE EJEMPLO ES COMO ESTABA LA COSA CUANDO YO CAMBIÉ DE BANDERA. Excepto atribuciones, poco ha cambiado)
EJEMPLO COMO ESPAÑOL
El mismo ejemplo bajo pabellón extranjero.
REVISIÓN DE ITB CADA 5 AÑOS
No hay revisión obligatoria "global". Yo hago la revisión con un experto en cada materia cuando yo quiero. Tener o no tener el papel no me obliga a no navegar. Puedo hacerlo bajo mi responsabilidad. NOrmalmente esto es más caro que bajo pabellón español, pero a mi me merece la pena.
ZONAS DE NAVEGACIÓN, DESPACHO Y TÍTULOS: necesito titulación y documentación del barco específica para cada zona. Ahora no, pero antes no podía cruzar a Baleares. Necesitas más título y más papeles (el barco es el mismo).
Ahora el barco puede navegar por todo el planeta. La responsabilidad del patrón es la misma: TODA. Pero no voy con miedo a sanciones ni obligado a papeleos inútiles que sólo cambian la denominación del estatus del barco.
SEGURO : yo tengo un seguro.
Seguro: yo tengo un seguro. El mismo seguro. Con bandera que sea, el mismo seguro, la misma compañía, las mismas coberturas, las mismas aguas de navegación.
OBLIGADO A MATERIAL DE SEGURIDAD HOMOLOGADO POR LA DGMM
Todo el material de seguridad al que me obliga la bandera extranjera lo puedo comprar donde yo quiera, sin homologación. Pero como soy un tío responsable, lo compro homologado CE y me basta.
CHALECO POR TRIPULANTE: deben ser las cajas de muerto naranjas homologadas incluso para navegaciones de pocas millas o costeras. El chaleco debe ir a bordo según los papeles del barco
Chalecos los que decida yo. El armador compra su material de seguridad para la vida de su tripulación. No será homologado, pero tal vez sea mejor. No tengo que llevar "tantos como plazas", sino "tantos como tripulantes"
BALSA SALVAVIDAS: obligatoria según zona y obligatoria la revisión anualmente desde el primer año (suavizada esta norma y permiso de alquiler tras la masiva fuga a pabellón extanjero)
No tengo obligación. Si la llevo, basta con comprarla. No hay obligación de revisarla. No hay "estaciones" revisoras de balsas. No hay estafa a mi bolsillo. El fabricante me da unos años de garantía, y yo, como los yogures, lo alargo un poco más. Ahí queda todo.
RADIOBALIZA: batería cadua a los 4 años por ley. Pago 400 euros por una batería nueva. No puedo llevarla sin papeles NO puedo ponerla sin papeles. No puedo cambiarle la batería sin papeles. ¿Dónde se hacen los papeles? En varios sitios, previo pago de pequeñas tasas y pequeños viajes.
La batería caduca a los 6 años por fabricante. Me la juego y dejo un año más o dos? En cualquier caso, cosa mía.
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CERTIFICADO DE INSTALACIÓND DE EQUIPOS RADIOELÉCTRICOS: cada cosa que pongo debo darla de alta en este documento y pagar la tasa, y pagar la instalación, y debo comprarla homologada y debe instalarla un instalador oficial.
Me compro una emisora nueva DSC, un transpondedor nuevo, un AIS..... lo instalo sguiendo las instrucciones del fabricante... ¡y ya está!
MULTAS POR SANCIONES: cualquier infracción del tipo "bengalas" o "chalecos" o "papeles de la balsa o de la radio o de cualquier cosa" puede suponer una multa de 3.000 euros asi como si nada.
Las sanciones sólo pueden ser por contravenir algún convenio de contaminación, o el RIPA, o haber hecho alguna barrabasada. Cosa que también te pasa bajo bandera española. Pero con extranjera, el miedo a las sanciones por haber olvidado un papel se te pasan.
MULTAS POR SANCIONES: me pueden crujir vivo porque el baremo es de la MARINA MERCANTE. La sanción por llevar una bengala cadudada arruina la economía anual.
No me pueden poner sanción del baremo de Marina Mercante. Pero ojo, si soy mal piloto, imprudente o contaminante, me pueden crujir igual que a un bandera española.
BOTIQUÍN: sólo osreto a que montéis un botiquín para un barco en zona 2. Y si tenéis huevos, mantenedlo "legal" sin caducidades durante dos años consecutivos. Imposible.
Con pabellón extranjero, llevas el botiquín que consideres. El maletín puede ser una bolsa roja con cremallera, de promoción del Colacao incluso.
NÚMERO MÁXIMO DE OCUPANTES: 6 . Los ocupantes los decide el despacho del barco, no la construcción. Mi barco es de 8, que es lo que dicen los papeles. Pero si lo pongo en zona 3, baja a 6.
Número de pasajeros "libre". El armador es responsable. Si un día paseo a 8 personas o a 10, con muy buena mar, con poco peso, con el motor y un paseo corto, una cosa de compromiso porque me veo obligado por compromiso familiar..... puedo hacerlo sin temor a una sanción ejemplarizante, como se han visto.
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EN FIN, QUE DUERMO MAL CON BANDERA ESPAÑOLA. El barco nunca está al día de papeles. Siempre hay algo a punto de caducar. Y siempre pesa la sanción por no llevar todo en regla. Los meses previos al verano se convierten en una carrera contrarreloj que llena las náuticas de clientes "con prisa". Y según ley de oferta y demanda, a mucha demanda, el precio sube.
Yo cuido mi barco igual todo el año. No tengo prisa por los papeles, por el equipamiento ni por las caducidades. Ya se hará. No hay sancion por llevar el hidrostático caducado unos días, o porque me falta una bengala que saqué y olvidé devolver al barco. Duermo tranquilo.
SÓLO EN CUESTIÓN ECONÓMICA:
1.- Te ahorras el 33% del precio de batería de radiobaliza, eso sin contar el estrés y las sanciones.
2- Te ahorras los viajes y tasas a modificar el certificado de equipos radioeléctricos
3.- Te ahorras TODAS las revisiones del ciclo de vida de la balsa, y luego haces la revisión donde quieres y negocias precio.
4.- No tienes miedo a denuncias por incumplimiento de exigencias absurdas. Solo una sanción ya compensa el paso a bandera extranjera.
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