Únicas excepciones que contempla la ley, en las que no están incluidas las capitanías marítimas, artículo 27.6:
La expedición de copias auténticas de documentos públicos notariales, registrales y judiciales, así como de los diarios oficiales, se regirá por su legislación específica.
Que yo sepa todos los registros de la AGE están utilizando una aplicación denominada GEISER, que permiten el escaneo de los documentos que llevan los ciudadanos, incluirles los metadatos correspondientes y hacer seguir la documentación al órgano u organismo donde debe tener efectos.
Actualmente, y no lo digo yo, sólo hay dos tipos de copias previstas en la legislación administrativa, las simples, que salvo casos tasados son válidas a todos los efectos, y las auténticas.
Y ya lo dejo aquí que estamos aburriendo al personal.
Saludos,
https://administracionelectronica.go...r#.WojFV02Wy1s
Resumen:GEISER (Gestión Integrada de Servicios de Registro) es una solución integral de registro que funciona en modo nube para prestar el servicio para cualquier organismo público, que cubre tanto la gestión de sus oficinas de registro de entrada/salida como la recepción y envío de registros en las unidades tramitadoras destinatarias de la documentación.
El servicio GEISER es actualmente de uso obligatorio para toda la AGE y sus OO.PP