Nerderel, mil gracias por la detallada información. Me acabo de leer enterito el enlace que comentas y otros reales decretos y mi conclusión es la misma que la tuya.
Aún así me surjen dudas, ya que; sí, estás trabajando en un barco de bandera española en el extranjero, PERO estas cotizando para un país extranjero... ¿tendría esto algo que ver...? ¿Quizás ese país no te deje declarar esa actividad laboral por no reconocer el título? Esto creo que es improbable. Y de todas maneras, al parecer se está luchando para que se reconozca en la unión europea el PPER según leo en este enlace.
https://anpper.es/bruselas-abre-las-...rofesionales/#
A ver si hay mas gente que pueda dar más luz al asunto.