Quizás me salga un poco del tema del inicio, pero mi experiencia en un pleito contra el puerto puede ser esclarecedora:
Las aseguradoras sí se hacen cargo de los daños, pero el puerto o el varadero, si son empresas independientes, ha de reconocer su responsabilidad y como lo habitual es que hayan de pagar una franquicia por siniestro (y soportar un incremento de la prima al año siguiente), pues intentan por todos los medios no reconocer su responsabilidad.
En mi caso, el cabo del muerto que sujetaba la popa se parte en el fondo y queda colgando de la cornamusa, la proa se entretiene golpeando al muelle con el ancla hasta hacerle un agujero al casco y en el puerto aseguran que su cabo partido no tiene nada que ver, que la proa se ha estropeado por falta de mantenimiento. El gabinete jurídico de mi aseguradora, presenta el caso y no me da ninguna esperanza de ganar ese pleito, porque en un caso similar anterior los jueces fallaron en contra del armador, que no podía decir con exactitud en qué día se produjo el siniestro, ni tenía facturas justificantes del mantenimiento anual.

Resumiendo: hay jueces que lo más cerca que han estado de un barco es practicando la papiroflexia y no van a comprender el nexo causal entre apuntalar mal un barco en el varadero y que éste se caiga, si no había un notario viéndolo caer y levantando acta. La indemnización se puede conseguir siempre que haya buena voluntad por parte del puerto o un juez entendido, si no se llega a un acuerdo.

Los malos tragos, con cerveza son menos.