Re: El iva en la náutica de recreo
Buenas tardes, el Octubre del 2017 compré esta embarcación matriculada en lista 6a. la embarcacion tiene 6 mts de eslora. Pensando en la posibilidad de poder hacer charter sin patrón.
Pagué la barca a una empresa de charter con su correspondiente iva y sin desgrabame nada. ya que soy autónomo. Porque tambien la quiero disfrutar como persona física que soy y no solo una empresa o autónomo.
Por un lado, capitanía marítima me dice que no se puede tener la barca con fines lucrativos y disfrutarla con fines particulares.
Por otro lado, la guardia civil del mar. Me dice que si he pagado todos los impuestos de la barca y si no me he deducido nada. Para ellos se puede emplear a modo particular. que si estoy cabal con hacienda, ellos no me sancionarían.
Por otro lado otros me dicen que me puedo desgrabar la midad del importe de la embarcacion porque es para fines lucrativos y para uso particular.
A todo esto, en Octubre del 2017 me dí de alta en el epigrafe de alquiler de embarcaciones de recreo.
Estoy indeciso en esta situacion y no se que hacer.
A ver si me pudierais un cable con todo esto, porque creo que la normativa está un poco en el aire, igual que los alquileres vacacionales, etc...
Agradezco vuestro tiempo. Muchas gracias.
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