Cita:
Originalmente publicado por McMartin
Falacia per se. La legislación española no restringe las medidas de seguridad. Fija unos mínimos. Se puede agregar todo lo que uno desee.
Pero tranquilo, "para ti la perra gorda". Atendiendo a tu ruego y las descalificaciones públicas y privadas de los demás acólitos incapaces de admitir la verdad más evidente que se lee cada día en este foro y que huelga argumentar listando un interminable corta y pega de citas, el texto que tanto os ha molestado ha sido editado para ajustarse milimétricamente al presente hilo y no herir las sensibilidades de quienes no dudan en hacerlo cada día (que tendría que decir la DGMM...).
N.B. Mi única intención ha sido resaltar la capital importancia del equipo de seguridad para cada zona de navegación (radiobaliza y balsa en especial) por muy poco lógicas y necesarias que les parecen a muchos a tenor de los post escritos sobre ello. Porque el día que las echen en falta, será tarde. Y por ello poner en evidencia que los atajos para saltarse la normativa nos puede llevar a una catástrofe como la presente.
SAFETY FIRST
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Pero ya que se quiere poner este desgraciado accidente como 'casus belli' de la oportunidad o no de las medidas de seguridad obligatorias, cabe destacar que si como parece el desenlace ha ocurrido a escasas millas de la costa (menos de doce), no estaría obligado a llevar balsa ni radiobaliza.
Y las medidas de seguridad no es que sean poco lógicas e innecesarias, todo lo contrario. Lo que es ilógico es ponerse a trazar lineas mágicas en la carta y decir "de aquí p'allá tienes que llevar tal radio, radiobaliza y balsa, pero de aquí p'acá no". O que "con este barco sólo te puedes alejar X millas de la costa o puerto".
Intentando aplicar la lógica, lo que tienen que permitir las medidas de seguridad es:
- Que el barco no se hunda. Ni se caiga nadie al agua.
- Que en caso de emergencia se pueda pedir ayuda
- Que en caso de que se hunda, puedas sobrevivir