Gracias a todos por las respuestas.
Al especificar la bandera quería decir si la GC tiene potestad para sancionar la ocupación.
Aclarar que mi barco, BV37, está autorizado para 8 personas, que nunca supero y casi nunca llegó a esa cifra, que mi hija tiene su chaleco adecuado (de si la considero persona o escondo la mano no voy a opinar), pero la situación me podría pasar fondeado: podría invitar a alguien a comer o darse un baño.
En resumen entiendo que todos contamos igual.
Gracias
