He seguido buscando y he encontado los requisitos de la Junta de Andalucía para poder impartir las prácticas de navegación de recreo
http://www.juntadeandalucia.es/turis...lacion_Ens.pdf
Menos mal que aquí si que se incluye al PPER dentro de los aptos.
Me parecía increible que no se aceptasen las atribuciones que, por ley, tiene el PPER, no salía de mi asombro e indignación pero estaba equivocado y espero que en ninguna comunidad contravengan lo que se establece en la resolución
https://www.boe.es/boe/dias/2017/09/...2017-10215.pdf
¿De ser así no sería un tipo de discriminación laboral y recurrible administrativamente?
