Discusión: Certificado Marpol,
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Antiguo 08-05-2018, 18:38
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Predeterminado Re: Certificado Marpol,

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Originalmente publicado por Bengala de mano Ver mensaje
Hola ELKAN,

Si no estoy confundido, que en algo lo estaré, la gestión de residuos a la que te refieres es la referida al anexo IV del MARPOL, aguas sucias, cacatank.

El anexo se aplica a los barcos mayores de 400 TRB que naveguen por aguas internacionales o de menos TRB pero que estén despachados para mas de 15 pasajeros.

Siguiendo con este tema, hay que tener en cuenta que en España los cacatank de los barcos de lista 6º o 7º deben tener una capacidad mínima superior a 16 litros por pasajero y tripulantes. Esto significa que para 12 pasajeros deberemos tener una capacidad de mas de 190 litros de lo contrario el barco no pasará la inspección técnica si se ponen estrictos.

Además en lo que se refiere a barcos de pasaje que por su clasificación no pueden alejarse mas de 3 millas de tierra, clase H o I, estos tendrán sí o sí que rellenar el libro de residuos firmado por la empresa homologada que lo vacía y que no tiene por que ser directamente la oficina del puerto. Aun cuando las aguas sucias han sido desmenuzadas y desinfectadas con un sistema aprobado no podrían en la teoría descargarse a distancia superior a tres millas sin incurrir de hecho en en una infracción por alejarse mas de lo permitido.
No estas confundido en cuanto al IV del Marpol, que habla de las aguas sucias, pero lo que se aplica en este caso por residuos oleosos de camara de motores y de sentina es otro apartado, aun asi, tienes que tener en cuenta que el Marpol prevee una base, que luego cada pais tiene que adoptar y armonizar en su legislación interna como mínimo, en España, y esto se aplica para cualquier barco que surque sus aguas, cualquier embarcación de recreo tiene que realizar la entrega de residuos, ya que la especificación de las TRB o numero de pasajeros, (si mal no recuerdo) no ha sido traspasada al RD regulador, en este caso ampliando de facto el supuesto aplicable a cualquier barco u embarcación de recreo susceptible de generar residuos de los incluídos en los especificados en el marpol...

Y no solo en esto, si contrapones el Marpol y el RD español con las modificaciones que han habido a lo largo de los años (que bien comenta el cofrade Agapenol), te darás cuenta de que la legislación española es mas estricta en ese sentido que el propio tratado, y esto no solo ocurre con el Marpol, ocurre en algun otro tratado como el SOLAS, que la legislacion Española que lo adapta prevee plazos mas cortos, y es mas restrictiva en ciertos aspectos que el propio SOLAS...

Para que os deis una idea la cosa quedaría asi:

Categorías Marpol:

Marpol Anexo I: desechos generados por buques o residuos de carga oleosos. Esta
clase a su vez se subdivide en tres subclases:

- Tipo A: petróleo crudo y agua de lastre contaminada con petróleo crudo.

- Tipo B: hidrocarburos y agua de lastre contaminada con productos petrolíferos
distintos del petróleo crudo y cuya densidad es menor o igual a 1.

- Tipo C: aguas oleosas y procedentes de las sentinas de la cámara de máquinas o de
los equipos de depuración de combustibles, y aceites de los motores de los buques.

Marpol Anexo II: residuos de carga de sustancias nocivas líquidas.

Marpol Anexo IV: aguas sucias de los buques procedentes de desagües W.C., lavabos,
etc.

Marpol Anexo V: basuras sólidas de los buques

- Desechos de alimentos, plásticos, desechos de faenas domésticas.

- Residuos de cocina: residuos alimenticios incluido el aceite de cocina usado,
procedentes de restaurantes, servicios de comidas y cocinas, con inclusión de las
cocinas centrales y las cocinas domésticas.

- Desechos relacionados con la carga (maderas de estiba, puntales, paletas, solera y
materiales de embalaje, madera contrachapada, papeles, cartones, alambres, clavos
y flejes de acero).

- Desechos resultantes del mantenimiento (hollín, depósitos formados en las máquinas,
raspaduras de pintura, barreduras de las cubiertas, restos de limpieza, trapos, etc.).
Estos desechos pueden estar en algunos casos contaminados por sustancias, tales
como hidrocarburos o productos químicos tóxicos, recogidas por otros anexos u otras
leyes sobre prevención de la contaminación. En tales casos tendrán preferencia las
prescripciones sobre eliminación más rigurosa (directrices del Anexo V, punto 4.6.3).

- Cenizas y escorias procedentes de los incineradores y calderas de carbón a bordo,
quedando incluidas en la expresión todas las demás basuras.

- Residuos de la carga (restos de cualquier material de carga que se encuentren a
bordo, en bodegas de carga o tanques, y que permanezcan en el buque una vez
completados los procedimientos de descarga y operaciones de limpieza, excepto
cuando esos residuos sean sustancias definidas o enumeradas en otros anexos).

Marpol Anexo VI: sustancias que agotan la capa de ozono y residuos de los sistemas de
limpieza de los gases de escape.

Ahi teneis todo desglosado...evidentemente hay en este desglose, cosas que no nos conciernen a los de recreo, pero todo lo que tiene que ver con aguas sucias, restos de alimentos, y residuos oleosos de sentina y camara de motores si nos concierne...

__________________
Se alzarán nuevos vientos, hincharán tus velas, y yo, dejaré el ánimo resuelto para abrazar a tu lado Horizontes...

Editado por Fuerza 7 en 09-05-2018 a las 10:12.
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