a)
Compás. El compás deberá ser certificadode acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 701/2016, de 23 de diciembre, siendo válidos
los compases certificados para botes salvavidas o botes de rescate
En zonas 1 ó 2 se deberá llevar iluminación y un compás de marcaciones, exigiéndose, además, que exista a bordo una tablilla de desvíos que deberá
revisarse cada cinco años.
Cosa superimportante; Un compás como no, certificado....

Odin