Cita:
Originalmente publicado por BORRASCA
Un barco tiene una categoría de diseño, según esto tiene una o unas zonas de navegación y en función de esa zona el equipamiento.
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Si aceptamos pulpo como animal de compañía y las zonas de navegación como algo difusamente relacionado con la categoría de diseño, vale.
Cita:
Originalmente publicado por BORRASCA
Si mi barco tiene categoría A yo lo despacho para la zona 4 tendré que llevar lo que corresponde a esa zona.
Si yo lo despacho para zona 2, si estoy en zona 2 tendré que llevar el material de la zona 2 pero si solo estoy ese día en zona 4 toca llevar el de zona 4
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Esto es esencialmente correcto
Cita:
Originalmente publicado por BORRASCA
Ahora bien con un barco de categoría de diseño C no podre aunque lo ponga el materia de zona A ir a navegar en esa zona, por tanto es la categoría de diseño el que marca la zona y esta el material
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El problema aquí es que no existe la tal zona A. El artificioso sistema de la Administración española de ligar categorías de diseño y zonas de navegación da lugar a estas incongruencias. La Administración española no autoriza a un barco de bandera española con categoría de diseño C a ir a las zonas 1 y 2, pero un barco con otra bandera y la misma categoría de diseño puede ir a donde le plazca siempre que no rebase las condiciones que limitan la categoría.
Y para acabar de arreglarlo, va la Administración y en la OM que esperemos no pase del estado en el que actualmente está, dice lo que es evidente por sí mismo: que las embarcaciones no pueden navegar en condiciones superiores a las de su categoría.
¿En qué quedamos, señores listos de la DGMM, es distancia a la costa o son condiciones de mar y viento?
Saludos y
