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Antiguo 14-02-2008, 15:57
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Piratilla
 
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Predeterminado Navegar con bandera extranjera, va a ser que NO, o SI pero... a pagar.

Muy buenas,



Voy a comentar una experiencia legal reciente que creo puede aclarar algunos mitos acerca de navegacion con
barcos de bandera extranjera, obligacion de matriculación, pago del impuesto de matriculación...

Compre el CRUSOE (barco con bandera Inglesa) en Julio de 2006 y finalicé los tramites de matriculación a
mediados del 2007.

Todo empieza cuando recibo una llamada el anterior propietario del CRUSOE, bastante nervioso, hablandome en
inglés, su lengua... total, que tal vez porque yo tengo esa lengua un poco oxidada o bien porque el estaba tenso
por la situación, yo no entendia nada.

Cuando iba a pasarle con un compañero del trabajo a ver si el lo entendia, me sale un tipo al otro lado de la linea
hablando en perfecto roman paladino e identificandose como funcionario de aduanas de la provincia de Almeria.
Me comenta que estan haciendo una inspección de los barcos extranjeros que les consta que llevan mas de
6 meses en España y como les constaba que el CRUSOE llevaba mas de ese tiempo en España, y no les
constaba su venta, mandaron una citación al anterior propietario para que acudiera a las oficinas de aduanas.

Le explique que se habia realizado una compra-venta, le confirmé que yo era el actual propietario y que estaba al
dia con los impuestos, IVA pagado en origen (Inglaterra), 4% (en Catalunya) del impuesto de transmisiones patrimoniales
y 12% del impuesto 576 correspondiente al impuesto sobre determinados medios de transporte (matriculación).


Me comentó que tomaba nota y que probablemente recibiria un requerimiento de la AEAT (Agencia Tributaria), para
justificar el pago de los impuestos.


Ese mismo dia por la noche, llamo al anterior propietario,actualmente viviendo en un pueblo de la provincia de Almeria,
muy buena persona se portó en todo el proceso de compra-venta muy bien conmigo, para tranquilizarle y explicarle que
todo estaba en orden, (impuestos y demás legalidades) y que no se preocupara...


Tres semanas despues, recibo una llamada de, como no, la Agencia Tributaria de la provincia de Almeria, donde me
solicitan, muy amablemente, si puedo justificar la situación actual de mi embarcación.


La petición:


Continuando con nuestra conversación telefónica en relación a la situación de la embarcación CRUSOE, ruego envíe
documentación justificativa del pago de los impuestos de la misma, así como cualquier otro que sirva para justificar la
legal situación fiscal de la mencionada embarcación.
Nuestra dirección es VIGILANCIA ADUANERA, MUELLE PONIENTE 16, EDIFICIO ADUANA, 04002 ALMERIA

Les mando por mail el documento acreditativo del pago del impuesto 576 y la hoja de asiento.

Me comentan que todo esta correcto y me piden disculpas por las molestias. Muy amables. Ya que estabamos en linea directa con los
de aduanas, les pregunto al respecto y me comentan que estan haciendo inspecciones, a nivel nacional, de los barcos con
bandera extranjera que les consta que llevan mas de 6 meses en España, ya que de confirmarse esta situación,
les informan de la obligatoriedad del pago del impuesto de matriculación y les abren un expediente.


Sobre la cuestion de si se puede navegar con un barco con bandera extranjera en España, que cada uno saque
sus conclusiones.


Saludos y unas


CRUSOE

Editado por CRUSOE en 14-02-2008 a las 17:41.
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