Cita:
Originalmente publicado por TXELFI
La normativa general de pesca para embarcaciones deportivas del Gobierno Vasco dice:
DISTANCIAS MÍNIMAS
Pesca superficie:
100 m de los aparejos profesionales
300 m de las embarcaciones de cerco
500 m de las embarcaciones profesionales
Pesca submarina:
250 m de las zonas de baño
O sea que lo de los 250 Mt no reza para nosotros. Si estamos nosotros antes y se nos acerca un cerquero a menos de 300 Mt o un barco pesquero de cualquier otra modalidad a menos de 500 deduzco que tenemos que apartarnos, cosa por otra parte que me parece lógica
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Los 500 metros son solo en caso de embarcaciones pescando tunidos a caña ( no a cacea) esta normala cambiaron a demanda del sector hace pocos años, antes la distancia era de 300 m.
Aqui tambien habra que saber diferenciar entre un tanquero y un cacero
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http://www.euskadi.eus/web01-a2arrak...o_periodo.html
Distancias mínimas.
Los pescadores deportivos deben guardar unas distancias mínimas respecto de los pescadores profesionales que se encuentran ejerciendo su actividad legalmente:
- 100 metros del lugar en que haya embarcaciones dedicadas a la pesca profesional y/o arte fijas caladas.
- 300 metros de embarcaciones que estén ejercitando la pesca con artes de cerco.
- 500 metros del lugar donde se esté ejerciendo la pesca de túnidos con caña en sus diversas modalidades.
- 100 metros respecto de las zonas convenientemente delimitadas para la práctica del baño o de cualquier otro deporte acuático.